Tema central
Andares: Revista de Derechos Humanos y de la Naturaleza n.° 8 (Julio - Diciembre 2025), 5-23. e-ISSN: 2953-6782
DOI: https://doi.org/10.32719/29536782.2025.8.1
Recepción: 10/03/2025 - Revisión: 28/03/2025 - Aceptación: 23/04/2025
Instituto de Investigaciones Jurídicas, Universidad Nacional Autónoma de México
Ciudad de México, México daniel.vazquez@unam.mx
RESUMEN
Los derechos humanos configuran fenómenos jurídicos, políticos, sociales, económicos y culturales que se analizan desde diversas disciplinas, de modo que no hay un solo método para estudiarlos. Por el contrario, hay tantas aproximaciones y métodos como preguntas y objetivos de investigación haya desde cada una de las distintas disciplinas que analizan a los derechos humanos. En las siguientes páginas se desarrollan cuatro metodologías utilizadas: 1. la herramienta jurídica conocida como “desempaque de derechos”, que sirve para operacionalizar los derechos humanos; 2. el uso de modelos estadísticos para conocer las causas de las violaciones a los derechos humanos; 3. el análisis de redes para examinar las redes de macrocriminalidad como procesos de violaciones a los derechos humanos; y 4. las historias de vida para identificar patrones en la construcción de las identidades de las personas defensoras de derechos humanos. La selección de estos métodos resulta azarosa y no tiene ninguna pretensión de exhaustividad ni comparación, sino que simplemente representan ejemplos. Si bien la metodología es importante para construir conocimiento sistemático, los elementos centrales de cualquier investigación —en especial cuando se trata de derechos humanos— los constituyen los objetivos y la pregunta principal, que deberían tener como finalidad el efecto útil de los derechos.
Palabras clave: derechos humanosmetodología, desempaque de derechos, operacionalización, modelos estadísticos, análisis de redes, historias de vida
ABSTRACT
Human rights are legal, political, social, economic, and cultural phenomena that are analyzed from various disciplines; therefore, it doesn’t exist a single method for studying them. That’s the reason we can say that there are as many approaches and methods as there are research questions and objectives from each of the different disciplines that study human rights. To show that, in the following pages I develop four methodologies used to analyze human rights-related phenomena: 1. The legal tool known as unpacking rights, that helps to operationalize them; 2. The use of statistical models to understand the causes of human rights violations; 3. Network analysis to understand macrocriminality networks as processes of human rights violations; and 4. Life histories to identify patterns in the construction of the identities of human rights defenders. While methodology is important for building systematic knowledge, the central aspect of any research, especially when it’s about human rights, is the objective and main question, which should aim to achieve the useful effect of rights.
Keywords: human rights methodology, unpacking rights, operationalization, statistical models, network analysis, life stories
El término derechos humanos expresa muchos fenómenos de diverso tipo. Los derechos humanos son, sin duda, derechos y, por ende, están reconocidos, incorporados o pueden constar en normas jurídicas de corte nacional e internacional que, en sí mismas, son todo un campo de estudio. 1 Pero los derechos humanos son muchas otras cosas además de normas. Por ejemplo, en el intento de poner en acción las normas de derechos humanos, se generan decisiones gubernamentales que constituyen políticas públicas y presupuestos. En ese sentido, los derechos humanos también son esas políticas públicas y presupuestos, o generan criterios de diseño por medio de la perspectiva de derechos humanos. 2
Los derechos humanos también son relaciones políticas o de poder que se pueden dar entre organizaciones de la sociedad civil, movimientos sociales, comunidades indígenas, etc., y los Gobiernos cuando hay decisiones estatales que violan derechos humanos. Cuando estas disputas políticas se llevan a los ámbitos internacionales, los derechos humanos también son relaciones internacionales entre los diferentes órganos multilaterales -ya sea del sistema universal o interamericano- y los Estados. 3
Una conexión interesante entre las relaciones políticas nacionales y las relaciones internacionales ocurre mediante el efecto búmeran y las espirales transnacionales: en este tipo de análisis, las relaciones políticas e internacionales se entremezclan. 4 Los derechos humanos también son discursos políticos, y en la medida en que se han convertido en discursos políticos legítimos, se han apropiado de ellos actores tanto de izquierda como de derecha, actores tanto liberales como conservadores. 5 Cuando estos discursos de derechos humanos, además, son apropiados de tal forma que construyen identidades, 6 se trata de discursos performativos, como puede suceder con grupos como las personas defensoras de derechos humanos, o ciertas comunidades indígenas o rurales cuando fusionan el discurso de derechos humanos con la defensa de su tierra.
También hay reflexiones, desde la filosofía o la teoría de los derechos humanos, que preguntan por aspectos como su naturaleza jurídica (iusnatural, iuspositivista, iusrealista, moral o histórica), 7 su fundamento, 8 sus posibilidades 9 y sus límites. 10 A la par, existe toda una disputa con respecto a la forma de comprender y ejecutar los derechos humanos. 11
Considerando que las violaciones a estos son abusos de poder que afectan la dignidad humana, los estudios de los derechos humanos deberían buscar un efecto útil; es decir, que la investigación abone la generación de impacto para transformar un abuso de poder proveniente de cualquier agente poderoso, de una relación asimétrica de poder, que tiene como consecuencia la violación de derechos humanos. En la medida en que se busque ese tipo de transformaciones y se genere un mayor ejercicio de derechos, el análisis de derechos humanos también requerirá de procesos de contextualización que se pueden llevar a cabo utilizando el principio de universalidad entrelazado con las perspectivas de género y de igualdad y no discriminación; 12 de atención prioritaria o centralidad de los sujetos de derechos a partir de sus distintas características y esferas de opresión; y de la perspectiva de transformación por medio de procesos de verdad, justicia y reparación integral, con especial énfasis en las garantías de no repetición y en las acciones transformativas. Todos estos conceptos resultan clave en el diseño de las investigaciones, al tiempo que son indispensables el diseño y la aplicación de protocolos éticos.
Los derechos humanos son muchos y distintos fenómenos jurídicos, políticos y sociales; son derechos, políticas públicas, presupuestos, relaciones políticas, relaciones internacionales, discursos políticos y discursos performativos, por mencionar solo algunas de las formas que toman. Por ende, no basta con una sola disciplina para estudiarlos, sino que se requerirá del derecho cuando analicemos las normas; del análisis de las políticas públicas cuando miremos esta expresión de los derechos humanos (así como los presupuestos); de la teoría, la ciencia, la sociología y la antropología política cuando los analicemos como relaciones políticas o de poder; de las relaciones internacionales cuando estemos en ese marco; de la lingüística, el análisis del discurso, la sociología y la antropología jurídica cuando los analicemos como discursos políticos, e incluso de la sociología de las identidades cuando los veamos como discursos performativos.
La comprensión actual de los derechos humanos, así, supone realizar investigaciones desde diversas disciplinas. 13 Por ende, el lector seguramente ya se habrá dado cuenta de que la pregunta que titula este texto es una trampa, o al menos una provocación para que se detenga por un momento a leer. En tanto los derechos humanos son fenómenos múltiples jurídicos, políticos, sociales, económicos y culturales que se analizan desde diversas disciplinas, no hay, pues, un solo método para estudiarlos; menos aún, uno "verdadero". En cambio, habrá tantas aproximaciones y métodos como requerimientos existan desde cada disciplina para resolver las distintas preguntas de investigación que nos estemos formulando.
El objetivo de este texto no es presentar todos los métodos de investigación en derechos humanos, que sería motivo de una investigación más extensa, sino mostrar cuatro ejemplos. Estos fueron seleccionados de forma azarosa; no tienen ninguna pretensión de exhaustividad (hay cientos, miles de investigaciones empíricas de derechos humanos que usan diversos tipos de métodos) ni de comparación. No buscamos determinar que un método sea el mejor o el más adecuado. En cambio, lo que queremos enfatizar es que lo más relevante en el diseño de una investigación son su objetivo y la pregunta principal. La metodología nos ayuda a construir de forma adecuada conocimiento sistemático, pero, como se mencionó líneas arriba, en la medida en que las violaciones a los derechos humanos son ataques a la dignidad de las personas, invitamos a pensar investigaciones que tengan como objetivo y pregunta de investigación la transformación de los contextos que permiten que esas violaciones se lleven a cabo; a desarrollar investigaciones con ánimo transformativo, aplicables en términos empíricos, que busquen el efecto útil de los derechos: que las personas puedan ejercer los suyos. A todo esto lo llamamos "teoría para la acción", e invitamos a pensar, diseñar y desarrollar investigaciones para la acción.
Los métodos que se presentan provienen de investigaciones que he realizado a lo largo de mi trayectoria como académico. Sin embargo, el aporte del texto no está en esas investigaciones, que ya fueron publicadas y tienen vida propia. Está en vincular la diversidad de presentaciones empíricas que tiene el fenómeno de los derechos humanos en los ámbitos político, económico, social y cultural, con las distintas disciplinas y métodos, pero sin perder de vista lo más importante: lo que determina una investigación es su objetivo y su pregunta principal, y la invitación es que ambas nos lleven a la construcción de una teoría para la acción y al efecto útil de los derechos.
El primer ejemplo es la aplicación de una herramienta jurídica conocida como "desempaque de derechos". El segundo es el uso de modelos estadísticos con el fin de construir relaciones causales, por ejemplo, para conocer las causas de las violaciones a los derechos humanos, en particular la corrupción y la impunidad. La tercera es el uso del análisis de redes para mirar a las redes de macrocriminalidad como procesos de violaciones a los derechos humanos. Y la cuarta es el desarrollo de historias de vida, para identificar patrones en la construcción de las identidades de las personas defensoras de derechos humanos.
El texto cierra con una sección de conclusiones. En ella recuperamos la relevancia que tiene la definición del objetivo principal, así como de la pregunta de investigación (muy por encima de la definición de la metodología), en cada uno de nuestros proyectos. Lo anterior busca que nuestro trabajo académico tenga un efecto útil sobre el ejercicio de los derechos humanos de las personas y los grupos.
Durante muchas décadas, los estudios jurídicos de los derechos humanos fueron hegemónicos en el campo; sin embargo, a partir de finales de la década de 1980, y en especial desde los 90, otras disciplinas fueron creciendo y fortaleciendo el estudio de los derechos. 14 Hoy es relevante recordar a estas otras disciplinas que los derechos humanos son precisamente derechos, y que es importante regresar a los estándares de derechos humanos 15 cuando se construyen las categorías analíticas, las dimensiones y los indicadores de alguna investigación. Para eso sirve el "desempaque de derechos", como lo llamó inicialmente Paul Hunt. 16
El desempaque de derechos humanos permite identificar las obligaciones principales en materia de derechos, combinándolas con factores institucionales esenciales como la calidad, accesibilidad, disponibilidad y aceptabilidad. 17 El objetivo es desarrollar y operacionalizar derechos humanos hasta llegar a observables claros.
La metodología se desarrolla a partir de cinco niveles: en el primero tenemos al derecho que vamos a trabajar, a desempacar; en el segundo están sus componentes o subderechos; en el tercero se presenta la obligación general (respetar, proteger, garantizar o promover), que se selecciona a partir de la pregunta de investigación que nos estemos formulando; en el cuarto nivel se presenta el elemento institucional (disponibilidad, accesibilidad, calidad y aceptabilidad) que queremos balancear con la obligación general, siempre a partir de la pregunta de investigación que tenemos en mente; y en el quinto y último nivel tendremos la construcción del estándar nacional, internacional o una mezcla de ambos, a partir de un parámetro de regularidad constitucional. 18
Veamos un par de ejemplos con derechos concretos. Tomemos el derecho a la alimentación, a partir de la Observación General 12 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas. 19 Abajo se observa el proceso de construcción de los estándares internacionales.
Esta herramienta nos permite construir los estándares de derechos humanos, que posteriormente serán utilizados para preparar un litigio estratégico, proyectar una sentencia, armonizar el contenido de una ley o diseñar una política pública. Pero también nos permite utilizar esos mismos estándares para operacionalizar una variable que usaremos en algunas investigaciones desde las ciencias sociales. Así, en un estudio de ciencia o sociología política, antropología jurídica o análisis de políticas públicas, cada derecho humano es pensado como una variable, y cada nivel es parte del proceso de operacionalización. En estos casos, se podría llegar hasta la construcción de indicadores o algún otro tipo de observable, como se muestra en el siguiente ejemplo.
Figura 4 Ejemplo de operacionalización por medio del desempaque de derechos humanos
Nota: Elaboración propia.
¿Por qué es relevante utilizar los estándares de derechos humanos en las investigaciones de las ciencias sociales? Para que cuando digamos que estamos midiendo u observando de alguna manera derechos humanos, realmente los estemos observando desde sus fuentes primigenias, que son las fuentes del DIDH y del derecho constitucional, a la par que tejeremos un puente entre los estudios jurídicos y otras disciplinas para analizarlos.
Se cierra este primer ejemplo de metodologías aplicadas al estudio de los derechos humanos con un par de observaciones más. Hay derechos que tienen un alto grado de codificación, como los derechos a la educación, a la salud, a la vivienda o al acceso al agua. El objetivo nunca es desempacar un derecho en todas sus obligaciones, porque eso implicaría cientos de estándares de derechos humanos que, lejos de ayudarnos a operacionalizar una variable, nos generarían un problema. El desempaque de derechos humanos debe realizarse de forma estratégica; es decir, se deben desempacar solo aquellos estándares relevantes para la pregunta de investigación o el objetivo que queremos llevar a cabo con el desempaque. En algunas ocasiones serán cinco, a veces más, otras menos. Incluso, si lo que se quiere es construir una serie de indicadores para medir un derecho en su totalidad -por ejemplo, para hacer una línea basal en política pública a fin de tener elementos para realizar una evaluación de resultados o de impacto-, lo recomendable es tomar entre cinco y diez componentes, y entre dos y tres estándares de derechos humanos por componente. Parece poco, pero ya es una batería de hasta treinta indicadores para construir un índice.
Un aspecto que siempre nos ha parecido relevante en el estudio de los derechos humanos es, en la medida de lo posible, evitar que se los viole. ¿Cuáles son las causas de las violaciones a los derechos humanos? Esto nos saca del mundo jurídico, del formalismo y la validez normativa, y nos lleva al mundo fáctico.
Existen muchas posibles causas de las violaciones a los derechos humanos. Por ejemplo, Ansolabehere, Valdés y Vázquez analizaron qué elementos tienen un mayor impacto en el ejercicio de los derechos humanos: si el desarrollo regulatorio institucional (que denominaron "marco institucional de protección"), el grado de consolidación democrática o el modelo económico. El principal hallazgo de la investigación es que, cuando se traspasa un umbral de consolidación democrática e igualdad económica (al que llamaron "suelo fértil"), el marco institucional de protección de los derechos tiene un mayor impacto en su ejercicio efectivo. 20
En esta misma línea, nosotros nos preguntamos lo siguiente: ¿cuál es el impacto de la corrupción y la impunidad como causa de las violaciones a los derechos humanos? 21 Para responder, optamos por desarrollar una metodología cuantitativa: construimos dos bases de datos, una nacional de México (de 2000 a 2014), en la que la unidad de análisis fue año/entidad federativa o provincia, y otra de varios países (de 1996 a 2015), en la que la unidad de análisis fue año/país. Ambas bases de datos tienen diversos indicadores para mirar la corrupción, la impunidad, los derechos humanos y las variables de control (control sobre los Gobiernos, producto interno bruto [PIB] y población).
Para analizar los derechos humanos a nivel mundial, utilizamos varias fuentes de datos. La primera son los índices elaborados por CIRI Human Rights Data Project. En específico, utilizamos los índices de integridad personal, de empoderamiento, de derechos electorales (participación política) y de derechos económicos y sociales de las mujeres. También utilizamos otros proxys, como el PIB percápita con paridad de poder adquisitivo a dólares constantes de 2011, elaborado por el Banco Mundial; la esperanza de vida al nacer, también recogida por el Banco Mundial; y los años de escolaridad promedio, que forman parte del índice de desarrollo humano (IDH) del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Además, sumamos los indicadores de libertades civiles y de derechos políticos elaborados por Freedom House.
Para analizar los derechos humanos en México, se recuperaron diversas fuentes: quejas recibidas y recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos; cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) sobre homicidios; estadísticas del Consejo Nacional de Población sobre mortalidad infantil y esperanza de vida al nacer; datos de la Procuraduría General de la República sobre averiguaciones previas; del Instituto Nacional Electoral sobre participación en las elecciones; y del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social sobre pobreza y acceso a diversos derechos. Además, recuperamos el IDH elaborado por el PNUD.
El análisis de datos se realizó por medio de tres modelos estadísticos: las regresiones multinivel por efectos fijos o jerárquico-lineales, el modelo logístico multinomial y el modelo de regresiones locales. El modelo jerárquico-lineal o de regresión multinivel con efectos fijos permitió identificar cómo varía la incidencia de las violaciones a derechos humanos en función de indicadores como corrupción e impunidad, junto con variables de control como el PIB, el tamaño poblacional o el grado de alternancia política. Son posibles lecturas como esta: "Cada punto de aumento en la corrupción supondría X aumento en las desapariciones, en los desplazados, en los homicidios o en cualquier otra variable de derechos humanos que se esté analizando". 22 Lo valioso de este enfoque es que permite aislar el impacto de otras variables y analizar relaciones específicas de causalidad. Veamos un ejemplo del tipo de relaciones que se construyen con este modelo.
Tomamos como proxy de derechos humanos -en particular de derechos económicos y sociales- el PIB per cápita. La utilidad de este indicador es que nos permite mirar el PIB pero a partir de la totalidad de la población de un país. Considerando que lamentablemente muchos de los derechos económicos y sociales se distribuyen a través del mercado, es un buen indicador para mirar el acceso a dichos bienes y servicios, salvo en países con muy alta desigualdad.
Cruzamos ese indicador de derechos humanos con diferentes indicadores de corrupción e impunidad, y manteniendo las tres variables de control.
Tabla 1 Coeficientes de la regresión jerárquica lineal con el PIB per cápita como dependiente
Si miramos el modelo 4, vemos un impacto de USD 7,753 por cada punto de variación en el índice de corrupción. Según datos del Banco Mundial, una mejora de un punto en el índice de corrupción del WGI (que varía entre -3 y 3) puede correlacionarse con un crecimiento de aproximadamente USD 7,753 en el PIB per cápita. 23 En otras palabras, cada punto de corrupción cuesta USD 7,753 del PIB per cápita anual, lo que impacta en el acceso a bienes y servicios para satisfacer los derechos económicos y sociales. Por ejemplo, en el año 2017, fecha en que se realizó este estudio, México tenía un PIB per cápita de poco más de USD 17 000. Asimismo, USD 7000 es aproximadamente el PIB per cápita de países como Guatemala, Honduras y El Salvador. De igual manera, el conjunto de variables consideradas en el modelo 4 permite explicar el 95 % de la variabilidad del PIB per cápita entre países, y un 76 % de dicha variabilidad a lo largo del tiempo dentro de cada país, según los valores de R2 obtenidos. 24
La relación entre la corrupción y los derechos humanos, observada a través del PIB per cápita, no presenta un comportamiento uniforme: 25 en particular vemos que, cuando se correlacionan la corrupción y la impunidad, el impacto es más alto. En el modelo 3, los USD 8,359 que se señalan nos indican que, en la medida en que aumente la impunidad, la corrupción tendrá un mayor efecto sobre el PIB per cápita.
Se empleó un modelo logístico multinomial para prever los resultados posibles de una variable categórica en función de diversas variables independientes. Este modelo permite, por ejemplo, calcular cómo un alto nivel de corrupción se relaciona con una mayor probabilidad de violaciones a derechos humanos. 26 Veamos un ejemplo del tipo de relaciones que se construyen con este modelo a partir de la desaparición de personas.
Utilizamos el índice creado por CIRI entre 1996 y 2011 -que mide las desapariciones forzadas a partir de tres criterios: frecuentes, ocasionales y no reportadas- 27 y el índice de corrupción de Transparencia Internacional. De acuerdo con los resultados del modelo estadístico, si un país obtiene la calificación mínima en corrupción (0), aplicable a los más corruptos, hay un 55 % de probabilidad de que allí se cometan desapariciones ocasionales de personas. En cambio, si un país tiene la calificación máxima de corrupción (100), aplicable a los menos corruptos, allí hay un 97 % de probabilidad de que no se cometan desapariciones forzadas.
Tabla 2 Resultados del modelo logístico multinomial para explicar las variaciones en las desapariciones forzadas a partir del nivel de corrupción
México obtuvo 2 de calificación (la más alta) entre 1995 y 1997 en el índice de desaparición forzada, cayó a 1 entre 1999 y 2001, y volvió a caer a 0 entre 2006 y 2008. Finalmente, cerró 2011 con la calificación de 1. Si México avanzara un punto en el índice de corrupción de Transparencia Internacional, aumentaría en 11 % la probabilidad de que en el país no se cometieran desapariciones forzadas, lo que le permitiría sumar hasta un 82 % de probabilidad de obtener la calificación de 2; si el aumento fuera de 3 puntos, la probabilidad de que no se cometieran desapariciones forzadas sería de un 25 %, y de un 87% la probabilidad de obtener 2; si la mejora fuera de 5 puntos en el índice de corrupción, el primer porcentaje llegaría a 31 % y el segundo, a 93 %.
Tabla 3 Resultados del modelo logístico multinomial para explicar las variaciones en las desapariciones forzadas a partir del nivel de corrupción
La relación entre la impunidad y la corrupción, por un lado, y las violaciones a los derechos humanos, por otro, no siempre son lineales: puede haber umbrales y rendimientos decrecientes. 28 Nos interesó identificar ambos, de modo que aplicamos el modelo de regresiones locales (LOESS o LOWESS, por sus siglas en inglés), un método no paramétrico que ayuda a examinar relaciones que no siguen un patrón lineal y a ubicar los momentos clave en los que se modifican esas tendencias. 29 Veamos un ejemplo del tipo de relaciones que se construyen con este modelo.
Tomamos como indicador de derechos humanos los años de escolaridad promedio (recabados por el Banco Mundial), que nos hablan del acceso al derecho a la educación. El derecho a la educación, además, se considera un derecho llave, porque abre otros derechos como el trabajo digno, el salario suficiente y, a partir de ello, el acceso a otros derechos económicos y sociales. Relacionamos este indicador del derecho a la educación con el índice de impunidad construido por World Justice Project (figura 5).
Figura 5 Relación estimada mediante regresiones locales entre el índice global de impunidad del World Justice Project y los niveles medios de escolaridad para el período 2013-2017 31
El punto de inflexión entre el índice compuesto de impunidad y el crecimiento de los años de escolaridad promedio comienza entre el 0,4 y el 0,5 de la medición de impunidad, y se mantiene constante hasta el 0,7. Entre los países que tienen el efecto esperado están Alemania y Estados Unidos, con un índice de impunidad de 0,74 a 0,76 y con 13,4 a 14,1 años de escolaridad. En el extremo contrario están Liberia, Afganistán, Camboya y Pakistán, con índices de impunidad de 0,34 a 0,39, y con entre 3,8 y 4,7 años de escolaridad promedio. Algunos países de Europa del Este como Kazajistán, Georgia, Bielorrusia y Estonia presentan entre 11,9 y 12,8 años de escolarización media, superiores a lo previsto dada su puntuación en impunidad (0,60 a 0,64). Belice también resulta notable, pues con menos recursos que México, logra mejores niveles de escolaridad y menor impunidad. 30 Los modelos estadísticos sirven para construir este tipo de relaciones entre variables y, en esa medida, identificar -por ejemplo- las causas de las violaciones a los derechos humanos. Sin embargo, hay que tener cuidado: la comprobación estadística de la relación entre variables es apenas un paso; lo relevante es la explicación del mecanismo causal que permite vincular esas dos variables, la corrupción y la impunidad, como causa de las violaciones a los derechos humanos. Esa relación se construye desde la literatura, la teoría y el análisis de procesos que suponen técnicas cualitativas de investigación. Además, el punto posterior -después de esta comprobación- es generar un programa de incidencia sobre las causas de las violaciones de derechos humanos convocación transformativa, para mejorar el contexto de ejercicio de los derechos.
Uno de los problemas que lamentablemente está cobrando especial relevancia en los últimos años es la presencia de redes de macrocriminalidad en varios de los países de América Latina. 32 Una red de macrocriminalidad se caracteriza por cuatro aspectos: 1. está conformada por estructuras criminales, políticas y empresariales; 2. ejerce gobernanza criminal; 3. comete una multiplicidad de delitos; y 4. genera una multiplicidad de víctimas. 33
Si bien el principal objetivo de las redes de macrocriminalidad es enriquecerse -y lo hacen por diferentes medios como el narcotráfico, los sistemas de extorsión o la trata de personas (migrantes, trabajo esclavo, trata sexual, contrabando de órganos)-, las dinámicas ilegales de operación, así como la gobernanza criminal, vienen acompañadas de diversos actos de violencia letal y no letal. 34 En la medida en que dentro de las redes de macrocriminalidad hay estructuras políticas, las consecuencias de dicha violencia se pueden considerar violaciones a derechos humanos, ya sea porque hay agentes estatales involucrados de forma directa (en especial policías administrativos y de investigación, así como agentes del Ejército y la Marina) o porque la sola existencia de dicha estructura política supone una demanda explícita de impunidad, de modo que la interacción estatal en la violación a los derechos humanos se da por medio de la aquiescencia. El hecho es que en la operación de las redes de macrocriminalidad encontramos violaciones a derechos humanos: detenciones arbitrarias, tortura, desaparición forzada, ejecuciones extrajudiciales y desplazamiento forzado, además de todo otro conjunto de delitos.
El análisis de las redes de macrocriminalidad que realizamos tuvo tres objetivos. Los dos primeras fueron: 1. identificar a los grupos que ejercen la gobernanza criminal a nivel territorial, al igual que las técnicas de desaparición que utilizan a fin de generar mejores hipótesis de desaparición y de localización de las personas desaparecidas; y 2. identificar cómo se estructura una red de macrocriminalidad, para diseñar mejores mecanismos de incidencia rumbo a su desmantelamiento.
Figura 6 Incidencia sobre las redes y sobre los patrones de desaparición
Fuente: Vázquez, Redes de macrocriminalidad.
El tercer objetivo fue analizar cómo construir paz en zonas donde actualmente se ejerce la gobernanza criminal; en particular una paz integral y duradera, a partir de aspectos como la desmovilización, el desarme y la reinserción social de las personas que integran las células de la red que operan a nivel local, la reconversión de las economías ilícitas en economías lícitas, la reconstrucción del tejido social, la construcción de verdad y memoria, la reconstrucción de los cuerpos de Policía y Fiscalía que fueron capturados por las redes de macrocriminalidad, y la desmilitarización de la seguridad pública, por mencionar algunos elementos.
El proceso global para la construcción de esta red de macrocriminalidad incluye los siguientes pasos: elaboración de bases de datos, identificación de actores y relaciones, integración de la información, prueba de algoritmos visuales, análisis estructural y validación empírica. 35
La construcción de una red requiere recolectar dos clases de datos fundamentales: por un lado, información sobre los actores implicados -ya sean individuos, entidades o lugares- y, por otro, datos relativos a los vínculos entre ellos. A continuación, se presenta una tabla con campos sugeridos para estructurar la base de datos de actores:
Tabla 4 Ejemplo para elaboración de base de datos de actores
La base de datos que representa las interacciones entre nodos debe incluir el identificador del nodo origen (source), el del nodo destino (target). y la naturaleza del vínculo entre ambos. A continuación, se ofrece un modelo ilustrativo de su estructura 36
Tabla 5 Modelo ilustrativo de una base de datos sobre vínculos entre actores
Las fuentes de información para la construcción de las bases de datos variarán dependiendo del fenómeno que se esté analizando. En nuestro caso, utilizamos bases de datos públicas, expedientes de la fiscalía estatal, consultas directas de acceso a la información, fuentes bibliográficas de distinto tipo (libros, capítulos de libro, artículos de revistas, tesis e informes de centros de investigación, organizaciones no gubernamentales (ONG) y colectivos de familiares de personas desaparecidas), entrevistas a informantes clave y fuentes hemerográficas.
Por ejemplo, en la construcción de la red de macrocriminalidad de Veracruz, 37 la investigación se centró en cuatro aspectos clave: 1. actos de corrupción; 2. vínculos entre actores políticos, empresariales y criminales; 3. patrones de violencia; y 4. desapariciones forzadas. Con base en estos ejes temáticos, se examinaron diversas fuentes, 38 incluyendo documentos gubernamentales sobre la composición del poder estatal y municipal en Veracruz, gacetas oficiales, boletines de la Comisión Estatal de Búsqueda, recomendaciones de la Comisión de Derechos humanos, literatura especializada, trabajos académicos de grado y posgrado, así como registros judiciales y una amplia cobertura mediática nacional y local de más de cincuenta medios de comunicación.
Allí donde dos nodos aparecen en un mismo párrafo y en dos fuentes distintas, se da por hecho que existe una interacción entre nodos. La interacción puede ser de cooperación (colaboró con..., trabajó con..., es del grupo de..., etc.) o de conflicto (detenciones, enfrentamientos, desapariciones, asesinatos). En la base de datos de interacciones se señalan el documento, la página y el párrafo en que aparece el tipo de interacción entre dos nodos. Analizamos y visualizamos las redes con el software libre Cytoscape (https://cytoscape.org ).
Un ejemplo es la red de macrocriminalidad identificada en Veracruz, la cual consta de 3260 nodos y 5617 conexiones únicas. Es importante notar que un mismo par de actores puede aparecer vinculado más de una vez si su relación ocurrió en diferentes momentos o contextos. Por esta razón, si se incluyen todas las conexiones repetidas, la red alcanza un total de 25 955 interacciones. 39
Figura 7 Red de macrocriminalidad de Veracruz, 2004-2018 (3260 nodos, 5617 interacciones)
Elaboración propia.
Este grafo es apenas una primera muestra de lo que se puede hacer con este tipo de análisis para mirar la división del trabajo de la red, los cambios por regiones, las estrellas de impunidad, los patrones, la formulación de estrategias de des-mantelamiento de la red, etc. 40
El cuarto y último ejemplo de una metodología aplicada para el análisis de los derechos humanos es la historia de vida. El proyecto tuvo su origen a partir de una invitación de un museo cuyo objetivo era promover valores como la tolerancia, la paz y los derechos humanos, y fomentar la conciencia social mediante la preservación de la memoria histórica, especialmente en torno a genocidios y crímenes graves. En la reunión se nos informó que ya se había logrado un buen trabajo para gestionar visitas de estudiantes de todo tipo; el museo estaba siempre lleno, pero no se tenía la certeza sobre si estaba cumpliendo con su cometido. El reto que se nos lanzó fue ayudar a que cada visitante que llegara al museo saliera de él convencido de la importancia de los derechos humanos, convertido en un defensor. Aceptamos el reto, lo que supuso dos desafíos: 1. identificar si hay patrones generales en la construcción de las identidades de las personas defensoras de derechos humanos; 41 y 2. si los hubiere, pensar cómo plasmar esos patrones en un proceso museográfico, no solo en su contenido, sino como parte precisamente de un proceso de vida. En esta sección solo daremos cuenta de la primera parte de la investigación.
Nuestro objeto de estudio fueron las personas defensoras de derechos humanos, recuperadas ya por una amplia literatura. 42 Una primera acotación en el objeto de estudio fue que, en la medida en que los visitantes de un museo no han sido necesariamente víctimas de derechos humanos -y no teníamos ninguna intención de victimizarlos-, requeríamos buscar las historias de vida de aquellas personas defensoras de derechos humanos que no hubieran sido víctimas en su proceso de construcción como tales. Trabajamos a partir de la sociología de las identidades con el objetivo de responder esta pregunta: ¿cómo se construye la identidad de la persona defensora de derechos humanos? 43
Como indagábamos no solo el proceso de construcción de identidad de la persona defensora sino la existencia de patrones en él, analizamos la construcción de la identidad entre defensores y defensoras de muy distintas épocas: personas nacidas en las décadas de 1950, 1960, 1970 y 1980, al igual que personas que se hubieran formado como defensoras en ámbitos urbanos y rurales. 44 Si había semejanza en el proceso de formación de la identidad de personas defensoras de derechos humanos nacidas en la década de los 50 y en la de los 80 (cuarenta años de diferencia), así como entre las que se desarrollaron en ámbitos urbanos y en los rurales, entonces esos serían los patrones más generales de construcción de esa identidad.
Utilizando como herramienta la teoría fundamentada, encontramos un patrón en la conformación de la identidad de las personas defensoras, integrado por tres procesos:
la construcción de ciertas intuiciones iniciales de justicia que gestan sensibilidad y rebeldía frente a las desigualdades y los abusos de autoridad;
una ruptura a partir de un evento o vivencia (por ejemplo, experiencia con comunidades zapatistas o con refugiados centroamericanos) que opera como un antes y un después, una disyuntiva en la experiencia personal a partir de la cual la molestia por la injusticia se torna en acción política con características específicas; y
el proceso de consolidación como defensor/a de derechos humanos que tiene como espacio de socialización a las propias organizaciones de defensa, donde se construyen límites simbólicos respecto de otras formas de ejercer vocaciones o profesiones. 45
En el siguiente cuadro se presenta esta codificación en las historias de vida de las trece personas entrevistadas. Lo que siguió a este hallazgo fue convertir ese proceso de construcción de la humanos en un guion museográfico, pero esa ya identidad de las personas defensoras en derechos es otra historia.
Tabla 6 Trayectorias de vida en torno a la defensa de derechos humanos de diversos activistas
Los derechos humanos están plasmados en instrumentos jurídicos, pero también dan cuenta de una serie de fenómenos políticos, económicos y sociales. En ese marco, son relaciones de poder, relaciones internacionales, políticas y presupuestos públicos, discursos políticos y performativos, por mencionar algunas expresiones. Por ende, se requiere de múltiples disciplinas para analizarlos, como el derecho, la ciencia política, la sociología y la antropología tanto jurídicas como políticas, y el análisis de relaciones internacionales y de políticas públicas.
Visto así, no hay uno sino múltiples métodos para analizar a los derechos humanos. A lo largo del texto presentamos cuatro tipos de metodologías utilizadas para analizar sus diferentes aristas: el desempaque de derechos, los modelos estadísticos, el análisis de redes y las historias de vida. ¿De qué dependerá la selección del método y las técnicas de investigación? Del objetivo principal y de la pregunta de investigación que nos estemos formulando. De hecho, en el objetivo y en la pregunta está el aspecto central, y no en la metodología. 46
No olvidemos que el efecto útil de los derechos humanos busca que estos sean mucho más que simples declaraciones, que los derechos se garanticen, se ejerzan y se protejan. Con el efecto útil como punto de partida, lo que se torna relevante es preguntarnos aspectos como estos: ¿por qué se violan los derechos humanos?, ¿cómo generamos mejores mecanismos de prevención frente a las violaciones a los derechos humanos?, ¿cómo podemos mejorar el ejercicio de derechos humanos en determinados grupos o regiones?, y, últimamente, ¿cómo podemos construir paz en aquellas regiones asoladas por la violencia?
Seguramente ese tipo de preguntas de investigación se irán acotando y especificando poco a poco. Y, dependiendo de ello, podremos utilizar distintos métodos y técnicas de investigación. Pero la metodología es accesoria: lo principal es el objetivo, y el objetivo debe ser construir un lugar en donde la gente pueda ejercer sus derechos.
[9] Aquí entran aspectos como el conocimiento de las fuentes del derecho internacional de los derechos humanos (DIDH), la construcción de estándares internacionales, la aplicación de dichos estándares por medio de figuras como los bloques de constitucionalidad o los parámetros de regularidad constitucional, la interpretación conforme, el principio pro persona, el efecto útil, los diversos tests de razonabilidad, y la construcción de obligaciones y principios en materia de derechos humanos, por mencionar algunas.
[10] Daniel Vázquez y Domitille Delaplace, "Public Policies from a Human Rights Perspective: A Developing Field", Sur. International Journal on Human Rights 6, n.° 14 (2011), https://tinyurl.com/24exeyk8.
[11] Estas relaciones internacionales son regidas, en general, por el derecho internacional público y, en particular, por tres ramas de ese derecho: el DIDH, el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de las personas refugiadas.
[12] Margaret Keck y Kathryn Sikkink, Activists beyond Borders: Advocacy Networks in International Politics (Ithaca, US: Cornell University Press, 1998).
[13] Un ejemplo de discursos de derechos humanos absolutamente contrapuestos lo encontramos en la interrupción legal del embarazo (ILE). Habrá quien construya un discurso a favor de la ILE desde una perspectiva de derechos humanos y lo hará sustentándose en aspectos como el derecho de la persona sobre su propio cuerpo, sobre sus derechos sexuales y reproductivos, y a decidir sobre la construcción de su familia y el libre espaciamiento de la concepción de sus hijos. Por su parte, un discurso con perspectiva de derechos humanos en contra de la ILE se sostendrá especialmente en el derecho a la vida.
[14] Este tipo de discurso incluye narrativas, valores, símbolos y referencias culturales que refuerzan el sentido de pertenencia.
[15] Eusebio Fernández, "El problema del fundamento de los derechos humanos", Anuario de Derechos Humanos 1 (1981), https://tinyurl.com/29ar8p4d; Carlos Nino, "Sobre los derechos morales", Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho 7 (1990), https://tinyurl.com/58bvkf2n; Joaquín Rodríguez, La razón de los derechos: Perspectivas actuales sobre la fundamentación de los derechos humanos (Madrid: Tecnos, 1995), 118-51; Eric Millard, "Positivismo y derechos humanos", Revista Jurídica de la Facultad de Derecho Universidad Nacional de Mar del Plata 3, n.° 3 (2009), https://tinyurl.com/4hrkp2jx; Johnny Dávila, "Derechos humanos en tanto derechos morales: Dos concepciones", Ius et Praxis 20, n.° 2 (2014), https://tinyurl.com/37fdrz26.
[17] Kathryn Sikkink, Razones para la esperanza: La legitimidad y efectividad de los derechos humanos de cara al futuro (Buenos Aires: Siglo XXI, 2018).
[18] Samuel Moyn, No bastan: Los derechos humanos en un mundo desigual (Valencia, ES: Tirant Lo Blanch, 2019).
[19] Alan Arias, "Tesis sobre una teoría crítica de los derechos humanos", Open Insight 6, n.° 9 (2015), https://tinyurl.com/76746kr3; Manuel Gándara, Los derechos humanos en el siglo XXI: Una mirada desde el pensamiento crítico (Buenos Aires: Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales —CLACSO—, 2019), 89-116.
[20] Serrano y Vázquez desarrollan estos procesos de análisis por medio de la reinterpretación del principio de universalidad desde una mirada fáctica: todas las personas deberían poder ejercer todos los derechos. Visto así, el problema no es jurídico (asignación de derechos), sino fáctico (ejercicio de derechos), por lo que se requiere de un análisis del contexto para saber por qué las personas no pueden ejercer sus derechos y qué se requiere para que estén en aptitud de hacerlo. Si entendemos la universalidad de esa manera, tenemos que mirar las distintas estructuras de opresión de cada persona o grupo, de modo que la operacionalización de este concepto viene de la mano de la aplicación de las perspectivas de igualdad y no discriminación, y de género. Sandra Serrano y Daniel Vázquez, Los derechos en acción: Obligaciones y principios de derechos humanos (Ciudad de México: Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales —FLACSO—, 2021).
[21] Ariadna Estévez y Daniel Vázquez, coord., Los derechos humanos en las ciencias sociales: Una perspectiva multidisciplinaria (Ciudad de México: FLACSO, 2019).
[23] Los estándares de derechos humanos pueden ser nacionales, si las fuentes jurídicas que usamos para su construcción son de un país en cuestión; pueden ser internacionales, si las fuentes jurídicas provienen del DIDH; y pueden ser una combinación de ambas, si utilizamos fuentes tanto nacionales como internacionales a partir de figuras como la interpretación conforme y el principio pro persona o el parámetro de regularidad constitucional. La decisión sobre qué fuentes utilizar dependerá de la pregunta y los objetivos de la investigación.
[24] ONU Consejo Económico y Social, Los derechos económicos, sociales y culturales: Informe del relator especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, Sr. Paul Hunt, 14 de febrero de 2005, E/CN.4/2005/51, https://tinyurl.com/2t5zdcdh.
[25] Serrano y Vázquez, Los derechos en acción, 67. En este apartado, no se desarrollará cada uno de estos conceptos.
[26] En la medida en que los derechos humanos fueron ganando espacio en el derecho constitucional, el DIDH se tornó relevante para la interpretación e integración del derecho local. El tejido entre las normas internacionales y las locales se ha hecho con múltiples figuras como las cláusulas abiertas, la interpretación conforme y el principio pro persona o los bloques de constitucionalidad. En el marco de la reforma constitucional de derechos humanos de 2011 en México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se negó a hablar de un bloque de constitucionalidad en el país para integrar al DIDH con el derecho local, y comenzó a utilizar la figura del parámetro de regularidad constitucional, que da cuenta de un conjunto de normas —usualmente de fuente internacional— que sirven para determinar la interpretación e integración del derecho local.
[27] ONU Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación general 12 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: El derecho a una alimentación adecuada, 12 de mayo de 1999, https://tinyurl.com/3fvr4y7t.
[28] Karina Ansolabehere, Francisco Valdés y Daniel Vázquez, coords., Entre el pesimismo y la esperanza: Los derechos humanos en América Latina. Metodología para su estudio y medición (Ciudad de México: FLACSO, 2015).
[29] Todas las inquietudes de investigación se encuentran contextualmente situadas. En México, la impunidad y la corrupción cobraron una especial importancia en el análisis de las causas de las violaciones a los derechos humanos a partir de 2014, debido a dos sucesos: la desaparición de los 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa, y el escándalo mediático conocido como "La Casa Blanca", una residencia valuada en siete millones de dólares que el principal licitador de carreteras del Gobierno regaló al entonces presidente Enrique Peña Nieto. Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH), Corrupción y derechos económicos y sociales en América Latina: Estudios de caso de Ecuador, México y República Dominicana (San José: IIDH, 2020), https://tinyurl.com/2vy22nx8; Daniel Vázquez y Horacio Ortiz, "Impunity and Economic and Social Rights", Human Rights Review 21, n.° 2 (2020), http://doi.org/10.1007/s12142-020-00580-3; Horacio Ortiz y Daniel Vázquez, "Impunidad, corrupción y derechos humanos", Perfiles Latinoamericanos 30, n.° 57 (2021), https://tinyurl.com/54ak538x; Daniel Vázquez, Corrupción y derechos humanos: ¿Por dónde comenzar la estrategia anticorrupción? (Nueva York: Peter Lang, 2018); Daniel Vázquez, Impunidad y derechos humanos: ¿Por dónde comenzar la estrategia antiimpunidad? (Ciudad de México: Universidad Nacional Autónoma de México [UNAM], 2021), https://tinyurl.com/4b3uup7h; Luz Cardona, Horacio Ortiz y Daniel Vázquez, "Corrupción y derechos humanos: De la intuición a la convicción", Revista Mexicana de Sociología 80, n.° 3 (2018), https://tinyurl.com/y9348yj4; Luz Cardona, Horacio Ortiz y Daniel Vázquez, "Corruption and Human Rights: Possible Relations", Human Rights Quarterly 40, n.° 2 (2018), https://tinyurl.com/wu2hwwpp; Luz Cardona, Horacio Ortiz y Daniel Vázquez, "Violación de derechos humanos en México: Un costo poco advertido de la corrupción", Política y Gobierno 25, n.°. 1 (2018), https://tinyurl.com/ykf5k8fb.
[35] Esta variable se codifica a partir de los reportes elaborados por el Departamento de Estado de Estados Unidos. Cuando en el reporte se especifica que las desapariciones son "sistemáticas", "generalizadas", "epidémicas", "extensivas", "regulares", "rutinarias" o cualquier otro adjetivo semejante, se las califica como "frecuentes". Cuando los reportes tienen número, y se establece que hay, por ejemplo, cincuenta o más desaparecidos, también se las califica como "frecuentes". En cambio, cuando se las reporta como "muchas", "numerosas", "varias", "docenas", "múltiples" o algún sinónimo, se las clasifica como "ocasionales". En caso de que el reporte venga acompañado de los números de 1 a 49, también se las clasifica como "ocasionales". Finalmente, cuando no hay señales de desaparición forzada, entra en la categoría "no reportadas". David Cingranelli, David Richards y K. Chad Clay, "The Cingranelli-Richards (CIRI) Human Rights Data Project Coding Manual Version 5.20.14", CIRI Human Rights Data Project, 2014, 12-7, https://tinyurl.com/rnwef8sn.
[40] Carlos Flores, Historias de polvo y sangre: Génesis y evolución del tráfico de drogas en el estado de Tamaulipas (Ciudad de México: Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social [CIESAS], 2013); Carlos Flores, Negocios de sombras: Red de poder hegemónica, contrabando, tráfico de drogas y lavado de dinero en Nuevo León (Ciudad de México: CIESAS, 2020); Andrew Papachristos, "The Network Structure of Crime", Sociology Compass 8, n.° 4 (2014), https://doi.org/10.1111/soc4.12147; Luis Garay y Eduardo Salcedo, eds., Drug Trafficking, Corruption and States: How Illicit Networks Shaped Institutions in Colombia, Guatemala and Mexico (Bloomington, US: iUniverse, 2015); Eduardo Salcedo y Luis Garay, eds., Macro-criminalidad: Complejidad y resiliencia de las redes criminales (Bloomington, US: iUniverse, 2016).
[41] Daniel Vázquez, Captura del Estado, macrocriminalidad, y derechos humanos (Ciudad de México: FLACSO / UNAM / Fundación Böll, 2019), https://tinyurl.com/35ezpmjz; Jesús Espinal et al., Redes de macrocriminalidad y violencia. Dinámicas regionales en Veracruz: 2004-2018 (Ciudad de México: Fundación Böll / UNAM, 2023), https://tinyurl.com/3mt5bce7; Daniel Vázquez, coord., Redes de macrocriminalidad, gobernanza criminal y desaparición de personas: ¿Cómo construir paz en el Estado de México? (Ciudad de México: Fundación Böll / UNAM, 2024), https://tinyurl.com/yzz5p5fd.
[42] Espinal et al. Redes de macrocriminalidad y violencia; Vázquez, Captura del Estado; Vázquez, Redes de macrocriminalidad.
[46] Se consultaron diversas fuentes gubernamentales, boletines oficiales, literatura académica y numerosas publicaciones periodísticas especializadas. Para mayor detalle, véase ibíd., 45-6.
[48] Para el desarrollo de la investigación en su totalidad, sus posibilidades y sus límites, revisar Vázquez, Captura del Estado; Espinal et al., Redes de macrocriminalidad y violencia; Vázquez, Redes de macrocriminalidad.
[49] François Dubet, "De la sociología de la identidad a la sociología del sujeto", Estudios Sociológicos 7, n.° 21 (1989), https://tinyurl.com/mwnsnfve; Gilbert Giménez, "Paradigmas de identidad", en Sociología de la identidad, coord. Aquiles Chihu (Ciudad de México: Porrúa / Universidad Autónoma Metropolitana [UAM]-Iztapalapa, 2002).
[50] Harri Englund, Prisoners of Freedom: Human Rights and the African Poor (Berkeley, US: University of California Press, 2006); Shareen Hertel, Unexpected Power: Conflict and Change among Transnacional Activists (Ithaca, US: Cornell University Press, 2006); Martín Abregú, "Derechos humanos para todos: De la lucha contra el autoritarismo a la construcción de una democracia inclusiva, una mirada desde la región andina y el Cono Sur", Sur. Revista Internacional de Derechos Humanos 5, n.° 8 (2008), https://tinyurl.com/ye8z4axx; Matilde Aberese Ako, Nana Akua Anyidoho y Gordon Crawford, "NGOs, Rights-Based Approaches and the Potential for Progressive Development in Local Contexts: Constraints and Challenges in Northern Ghana", Journal of Human Rights Practice 5, n.° 1 (2013), https://tinyurl.com/3djzrh25; Masa Osama Amir, "A Study of the Experience of Women Human Rights Defenders in Eleven Egyptian Governorates", Journal of Human Rights Practice 5, n.° 3 (2013), https://doi.org/10.1093/jhuman/hut018.
[51] Karina Ansolabehere y Daniel Vázquez, "De la injusticia a los derechos: Momentos en la construcción de identidad de los defensores de derechos humanos. El caso de México", Estudios Sociológicos 25, n.° 105 (2017), https://tinyurl.com/4wwfacck.
[54] Daniel Vázquez, "Lo relevante es la pregunta de investigación. El problema es la definición del fenómeno jurídico. El método es lo de menos", en Metodologías de investigación jurídica y fenómenos de relevancia jurídica, coord. María Marván (Ciudad de México: UNAM, 2022), https://tinyurl.com/ycynkcve.